Novedades en la Ley de Reforma del IRPF (Ley 26/2014)
04/02/2014Ante las consultas de nuestros partícipes y beneficiarios y para aclarar las dudas de los mismos, resumimos en este texto las principales novedades de la Ley de Reforma del IRPF (Ley 26/2014) en cuanto a planes de pensiones se refiere.
Los límites de aportaciones anuales, que estaban en 10.000 euros para menores de 50 años y en 12.500 para partícipes con 50 años o más, pasan a un único límite independientemente de la edad: 8.000 euros.
En cuanto a la cantidad máxima a reducir de la base imponible será la menor de las siguientes cantidades: 8.000 € o el 30% rendimientos netos del trabajo y actividades Económicas.
Sobre el cobro en forma de capital, la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, eliminó la posibilidad de aplicar la reducción del 40% a las prestaciones de Planes de Pensiones en forma de capital derivadas de aportaciones con más de dos años de antigüedad, si bien estableció un régimen transitorio, que permitía mantener la reducción por las cantidades aportadas antes del 1 de enero de 2007 (fecha de entrada en vigor de la reforma). La nueva Ley mantiene dicho régimen transitorio, si bien sólo permite su aplicación en los siguientes términos:
a. Contingencias nuevas (acaecidas a partir del 1 de enero de 2015), se podrá aplicar la reducción del 40% cuando se solicite el cobro de la prestación en el mismo ejercicio en que acaezca la contingencia o en los dos siguientes.
b. Contingencias antiguas (acaecidas antes del 1 de enero de 2015), se distinguen dos supuestos:
-Contingencias acaecidas en los ejercicios 2011 a 2014, el régimen transitorio solo podrá ser de aplicación, en su caso, a las prestaciones percibidas hasta la finalización del octavo ejercicio siguiente a aquel en el que acaeció la contingencia correspondiente.
-Contingencias acaecidas en los ejercicios 2010 o anteriores, el régimen transitorio solo podrá ser de aplicación, en su caso, a las prestaciones percibidas hasta el 31 de diciembre de 2018. De este modo, la aplicación de la reducción del 40% queda sujeta a un calendario que se resume en el cuadro adjunto:
Año acaecimiento contingencia | Plazo máximo para cobro con reducción 40% |
2010 o anteriores | 31-dic-18 |
2011 | 31-dic-19 |
2012 | 31-dic-20 |
2013 | 31-dic-21 |
2014 | 31-dic-22 |
2015 o posterior | 31-dic + 2 años |