Supuesto excepcional de liquidez a los diez años

28/01/2025

La Ley 26/2014 de 27 de noviembre estableció un nuevo supuesto de liquidez que permite rescatar, desde el 1 de enero de 2025, los derechos consolidados correspondientes a aportaciones realizadas a planes de pensiones con al menos diez años de antigüedad. Dicho supuesto se aplica de manera general y sin restricción a los planes de pensiones del sistema individual (conformados solamente con aportaciones del partícipe) o del sistema asociado.

 

Por el contrario, en los planes de pensiones del sistema de empleo (conformados con las aportaciones de la empresa y del partícipe), como es el caso del Plan de Pensiones de Empleados de Telefónica, la misma ley exige que, para aplicarse, el supuesto esté previsto en las especificaciones del plan, lo que requiere una modificación del reglamento por la Comisión de Control, facultando a esta para adoptar o no tal medida.

 

En su reunión ordinaria de 22/01/2025, la Comisión de Control del Plan de Pensiones de Empleados de Telefónica, cuya obligación es velar por el interés del colectivo de todos los partícipes y beneficiarios, ha acordado NO incluir este supuesto en el reglamento:

 

  • El Plan de Pensiones de Empleados de Telefónica nace de los acuerdos de previsión social de 1992 formalizados entre la empresa y la representación de las personas trabajadoras, y tras consulta previa a la plantilla. Las características del plan y las contingencias cubiertas son conocidas y la incorporación como partícipe al plan tiene carácter voluntario. La aplicación de este nuevo supuesto no cumple el objetivo de ahorro finalista para complementar la pensión de jubilación a futuro para el que se creó el Plan.
  • La disponibilidad anticipada de derechos consolidados procedentes de aportaciones con más de diez años de antigüedad pone en riesgo un alto porcentaje del patrimonio del plan, aumentando los requisitos de tesorería y activos monetarios de liquidez a corto plazo, y condicionando negativamente la capacidad de inversión, los compromisos adquiridos y la gestión financiera del fondo.
  • El Plan de Pensiones ya contempla otros supuestos de liquidez extraordinaria que permiten atender situaciones de necesidad, como la enfermedad grave o el desempleo de larga duración.

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